Una de las grandes preocupaciones en el mundo de los deportes rurales con animales es la situación legal en la que se encuentran. Los cambios de normativa al respecto, la interpretación de las leyes que hacen desde cada ayuntamiento, el conflicto entre leyes estatales y autonómicas y, por supuesto, los vacíos legales con algunas prácticas, dejan en un estado de indefensión a todos los aficionados a estos deportes tradicionales. En ANATUR – Acción Natural Ibérica siempre hemos abogado por la defensa a ultranza del folclore y las tradiciones de nuestros pueblos, y en el caso de los deportes rurales, además basándonos en las leyes que existen y que los regulan. El conocimiento del estatus legal de estas prácticas sirve de base para rebatir cualquier mantra animalista ignorante de la normativa. En este artículo analizamos la normativa de los 3 deportes rurales con animales más comunes de nuestra geografía, el arrastre de piedras con bueyes y las peleas de carneros en Euskadi (conocidos como idi probak y ahari-jokoak, respectivamente) y las pruebas de tiro y arrastre con caballos de la Comunidad Valenciana (en valenciano tir i arrastre).
Las pruebas de arrastre de piedra con bueyes son, sin duda, el deporte rural de mayor difusión y con mayor seguimiento de aficionados. Aunque modalidades muy similares de practican en distintas partes del norte de España (como Cantabria, Asturias, Castilla y León…) es, sin embargo, en País Vasco y Navarra donde cuenta con mayor arraigo y tirón. A pesar de todo, el estatus legal de esta práctica se ve atacado por diferentes entidades empeñadas en conseguir su prohibición.
Estas pruebas de arrastre, tanto con bueyes como con caballos y burros, están dentro de la marca H18K, que reconoce a los 18 Herri Kirolak que se engloban dentro del plan estratégico del Gobierno Vasco, por lo que están fomentados y cuentan de respaldo administrativo. Las competiciones y exhibiciones de idi probak se encuentran perfectamente reglamentados y además están regulados por las distintas federaciones de Herri Kirolak (de Bizkaia, Gipuzkoa, Araba/Álava y Navarra). A nivel legislativo, por ejemplo en Bizkaia, que es la provincia donde se celebran la mayoría de campeonatos y exhibiciones, ha habido distintos decretos regulando esta práctica (i.e. los decretos Forales 7/2006, 40/2007 y 129/2008), aunque actualmente el control de sanidad y bienestar de animales que intervengan en deportes rurales se encuentra determinado por el Decreto Foral 137/2016, de 23 de agosto.
Esta norma establece controles en materia de sanidad e identificación animal, así como los destinados a evitar el maltrato y el dopaje en los animales que intervengan en pruebas deportivas. De hecho, el decreto considera dopaje el suministro de anestesias, drogas y cualquier productos destinado a conseguir mayor docilidad, rendimiento físico u otro fin contrario a su comportamiento natural. Existe también un registro específico de explotaciones de deporte rural para identificar y censar a los animales de uso deportivo, diferenciándolos de las explotaciones de producción para facilitar así el control e identificación de los animales.
La normativa también especifica que los animales que quieran destinarse a consumo humano no deberán haber participado en pruebas de deporte en los últimos 6 meses para garantizar la seguridad de la cadena alimentaria y refuerza el control veterinario con el establecimiento de controles y reconocimientos previos, la supervisión del espectáculo, y los controles antidopajes posteriores al espectáculo.
Por si esto fuera poco, el juez de las pruebas tiene autoridad para sancionar y retirar participantes por mal manejo de los animales, ya que entre sus funciones se incluye velar la salud de los animales sin que se les inflija castigo innecesario (por ejemplo la Diputación de Bizkaia ha prohibido incluso el uso de la vara con pincho, denominada akuilu, en las exhibiciones de arrastre de piedra con bueyes, caballos y burros)
Una de las pruebas más claras de que la normativa se aplica, sin embargo, viene de los casos de dopaje que se han producido en distintos eventos de arrastre de piedras. Desde 1997 ha habido más de 80 casos de positivos de animales participantes en estas competiciones, es decir, la normativa se aplica y se detectan infractores. Además, las sanciones económicas a los ganaderos infractores pueden llegar a los 15.000 euros, además de la inhabilitación para participar en estas pruebas, el cierre de la explotación ganadera e incluso la cárcel, como el caso de 2 ganaderos vizcaínos, recientemente puestos a disposición judicial por el dopaje de bueyes en las pruebas de Laukiz. En estas competiciones la ley se aplica y se cumple.
Pues bien, a pesar de la estricta legislación y su aplicación rigurosa, existen entidades dispuestas a acabar con las pruebas de arrastre de piedra con bueyes. Una de estas entidades es ATEA (Asociación para un Trato Ético con los Animales), que en 2015 entregó 10.000 firmas a la alcaldesa de la localidad vizcaína del Leioa, una de las capitales vascas de las idi probak, contra las pruebas de arrastre con bueyes en el municipio. También partidos políticos como PACMA han pedido que se plantee un debate social sobre las Idi probak pidiendo su prohibición por los casos de bueyes fallecidos durante las competiciones consecuencia del abuso de sustancias dopantes, y otras organizaciones animalistas como Esnatu Leioa han solicitado en el pasado la suspensión de todo tipo de pruebas de arrastre de piedra con animales. Aunque desde ANATUR – Acción Natural Ibérica lamentamos profundamente los casos de animales fallecidos y condenamos a quienes, contraviniendo la normativa, han dopado a los animales, creemos que la solución no pasa nunca por la prohibición de este deporte rural, sino por destinar más recursos para la detección del dopaje y mayores sanciones a los infractores para así garantizar una competición limpia.
La situación de las peleas de carneros es algo más controvertida. Primero, porque a diferencia de las pruebas de arrastre de piedras con bueyes, las peleas de carneros o ahari-jokoak no están dentro del plan estratégico del Gobierno Vasco, y segundo, porque no son una práctica englobada en las distintas federaciones vascas de herri kirolak.
Sin embargo, a pesar de la ausencia de una normativa especifica que regule las peleas de carneros en el País Vasco, la realidad es que no están prohibidas. La Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales del Boletín Oficial del País Vasco no las menciona, lo contrario que ocurre por ejemplo con las peleas de gallos o perros, que se encuentran expresamente prohibidas.
Además, el Decreto 6/1997, de 22 de enero sobre el control del uso de drogas en animales que intervengan en actos culturales y deportivos en la Comunidad Autónoma del País Vasco (y que se encuentra vigente), cita entre las pruebas y manifestaciones incluidas en la norma a “las peleas de carneros u otro tipo de bóvidos” en el tercer apartado del artículo 2. Es decir, las peleas de carneros aparecen claramente mencionadas en la ley como susceptibles de ser eventos deportivos en los que realizar controles antidopaje. Si estuvieran realmente prohibidas, no existiría su mención expresa en este decreto 6/1997.
Diferentes sectores del animalismo han usado, sin embargo, la ley de Protección Animal para pedir su prohibición. En el punto a) del artículo 4 de la ley 6/1993 se explicita que estará prohibida cualquier práctica que implique “Maltratar a los animales o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos o daños y angustia injustificados”. El animalismo justifica que según este artículo, las peleas de carneros deberían estar prohibidas a pesar de no ser mencionadas expresamente, de lo que en ANATUR – Acción Natural Ibérica discrepamos por las siguientes razones: 1) los carneros de los ahari-jokoak no están maltratados y son cuidados y atendidos con todas las garantías veterinarias; 2) la lucha a topetazos forma parte de la propia naturaleza de estos animales que practican por instinto y sin ser azuzados, es decir, no hay sometimiento alguno y 3) los carneros no sufren daños más allá de pequeños roces, ni tampoco angustia durante las peleas. La propia estructura craneal de los machos ovinos está preparada para este tipo de comportamiento y, de hecho, acaban las peleas ilesos.
El propio Gobierno Vasco ha archivado las últimas denuncias contra las peleas de carneros que fueron interpuestas por el partido EQUO en la localidad guipuzcoana de Azpeitia en 2016 en base a la Ley 6/1993. Afortunadamente ha habido pues un cambio en la actitud del Gobierno Vasco con respecto a esta tradición centenaria, porque en 2007, sí prohibió las peleas de carneros en la localidad vizcaína de Iurreta basándose en esa misma ley, poniendo fin a evento festivo que desde ANATUR – Acción Natural Ibérica pedimos recuperar.
A pesar de este revés para el animalismo, EQUO ha interpuesto otras denuncias para conseguir acabar con esta tradición: una denuncia administrativa por supuestamente violar la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas ante del Departamento de Juegos y Espectáculos del Gobierno vasco, y otra penal ante la fiscalía por maltrato animal en base a la Ley 32/2007, de 7 de noviembre. Aún no se conocen las resoluciones de estas 2 últimas denuncias, pero en ANATUR – Acción Natural Ibérica estamos convencidos que no prosperarán. Lamentablemente, la intolerancia animalista sí ha conseguido parcialmente uno de sus objetivos, ya que la presión y su campaña de desprestigio (EQUO ha presentado 9.000 firmas al Gobierno Vasco pidiendo su suspensión) ha llevado al Ayuntamiento de Azpeitia a no ceder la plaza municipal de la localidad para la organización de estos eventos.
ANATUR – Acción Natural Ibérica pide valentía al Gobierno Vasco en este tema y que de una vez reconozca y regule de forma clara los ahari-jokoak. Que atienda al valor histórico y cultural de esta práctica ancestral. Que valore su influencia en la idiosincrasia y carácter del pueblo vasco y que reconozca legalmente la figura de esta manifestación del folclore rural euskaldún. La indeterminación jurídica ha llevado a esta práctica a una caída en los aficionados, cuando debería ser una práctica popular fomentada desde las administraciones como ocurre con otras modalidades de herri kirolak incluidos en el plan estratégico H18K del Gobierno Vasco.
En la comunidad valenciana la situación de una de sus señas de identidad no es mucho mejor. Las pruebas de arrastre con caballos de tiro o tir i arrastre han recibido en los últimos meses la atención de diversas entidades animalistas que piden su abolición, hasta el punto que PACMA ha presentado varias denuncias a la Generalitat Valenciana y el Ministerio de Cultura por una supuesta vulneración de la legislación europea y autonómica de bienestar animal y espectáculos públicos.
Las pruebas de arrastre con caballos en la comunidad valenciana se encuentran perfectamente reguladas por la Federació de Tir i Arrastre de la Comunitat Valenciana que a su vez se rige por la Ley 4/1993 de 20 de Diciembre, del Deporte de la Comunidad Valenciana y el Decreto 60/98, de 5 de mayo, del Gobierno Valenciano. La campaña de desprestigio de PACMA de este verano contra las pruebas de tiro y arrastre, usando imágenes de casos aislados de malas prácticas, ha caído de momento en saco roto. Sin embargo, en ANATUR – Acción Natural Ibérica creemos que la clave para garantizar el bienestar animal pasa por la aplicación estricta del código sancionador de la propia federación, que prevé fuertes sanciones para aquellos que no realicen un manejo de las caballerías adecuada.
En cualquier caso, a pesar de las presiones del partido animalista solicitando la suspensión de todas las competiciones de tiro y arrastre y la revocación y anulación del reconocimiento y su calificación como actividad deportiva, el Gobierno Valenciano ha respondido subvencionando con 9000 euros a la Federació de Tir i Arrastre de la Comunitat Valenciana, demostrando más valentía que el Gobierno Vasco a la hora de defender las tradiciones rurales.
En ANATUR – Acción Natural Ibérica pedimos un reconocimiento y una legislación clara que permita conservar estos deportes rurales. Una legislación que regule de forma integral estas actividades es necesaria, ya que su reconocimiento como patrimonio cultural y su blindaje legal, sería la mejor garantía para que estas manifestaciones de la ruralidad más auténtica no sean pronto algo del olvido.